Renovación de Categorías
A.2.1, A.2.2 y A3 (Desde 70 cc. en adelante)
B1, B2 y C
Para renovar licencias con más de un año de vencimiento, se debe proceder como si fuera a sacarlo por primera vez.
En caso de poseer varias licencias, traerlas al momento de renovación. Ej. si renueva licencia de auto y tiene una de moto vigente, debe traerla para que se unifiquen ambas.
Requisitos:
- Sacá un turno.
- Imprimí y pagá la boleta de pago que servirá para emitir tu Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CeNAT).
- DNI (tapas verdes del Mercosur o el tapas celeste) en buen estado legible + fotocopia 1era, 2da hoja y cambio de domicilio (aunque este en blanco) en el caso de ser cédula, se fotocopiará de ambos lados con domicilio actualizado dentro del Ejido Municipal.
- Un certificado médico expedido por bioquímico donde declare el tipo y factor sanguíneo (no hace falta que sea actualizado) o algún certificado de análisis donde este declarado el factor y grupo sanguíneo firmado y sellado por un facultativo. Esto no es necesario si en su licencia figura el grupo y factor sanguíneo.
- Imprimí y completa la declaración jurada de salud que luego sera firmada por el aspirante en presencia del profesional de la salud.
- En caso de corresponder, imprimí ficha médica para mayores de 70 años.
- Presentar licencia vencida o a pocos días de vencerse (hasta 30 días antes se puede solicitar la renovación, en el caso de no tener la licencia y la misma estuviese vencida, no es requerida, porque por sistema se constata la fecha de caducidad.
- No tener multas de Policía Caminera.
- No poseer deuda tributaria por los vehículos automotores registrados bajo el CUIT del contribuyente y presentar el Comprobante de Situación Fiscal que se emite en las oficias de Recursos Tributarios (puede averiguar si posee deudas tributarias aquí).
Exámenes:
- Examen médico (el profesional le solicitará al aspirante el firmado de la Declaración Jurada de Salud y realizará la prueba psicométrica). Imprimí
- Examen medico mayores de 70 años. Imprimí
- Examen teórico de la ordenanza municipal de transito 9981/98
- SE TOMA COMO RENOVACIÓN las licencias emitidas por otros municipios que no sean Córdoba Capital. Presentarse con el carnet de la localidad correspondiente, el mismo debe coincidir con el domicilio de esa localidad).
Aranceles:
Ordenanza Tarifaria Anual – OTA 2019 (Ord. 12858/18)
Art. 114º.- Para la obtención de la Licencia de Conducir, por cada permiso obtenido, teniendo en consideración, que en los casos en los que se solicite más de un permiso no autorizado en la misma categoría de licencia de conducir, se deberá abonar el monto resultante de la suma de los distintos permisos, según los siguientes códigos y descripción dentro de cada categoría: